Ante las continuas preguntas que nos vienen haciendo los trabajadores que estando de baja se tienen que desplazar a la Mutua a las revisiones (comparecencias), que por ley te realizan las Mutuas a partir del decimosexto día de baja la Sección Sindical de UGT quiere comunicar a todos los trabajadores lo siguiente:
1º- Según consta en el boletín Oficial del Estado con fecha de 21 de abril de 2009, y con número de Orden T/N/971/2009 del 16 de abril, “por la que se establece la compensación de gastos de transporte en los casos de asistencia sanitaria derivada de riesgos profesionales y de comparecencias para la realización de exámenes o valoraciones médicas”.
2º- Por lo tanto todo trabajador que deba desplazarse a la Mutua debe saber que tiene el derecho a ser compensado por los gastos de desplazamiento, siempre y cuando como consta en el BOE este desplazamiento se haga en transportes ordinarios, (para el uso del taxi deberá ser prescrito o autorizado por la entidad que cita al trabajador en nuestro caso la Mutua).
Cualquier duda o problema que se tenga sobre este tema, o la aplicación practica del mismo dirigiros a nuestros delegados y trataremos de resolverlo.
1 comentario:
vaya por delante que no me gusta lo de parar dos dias, pero solo por la fecha de Sanjuan creo que el cambio se podria haber realizado en otras fechas, he hablado con gente de uGT y ne dicen que habia que parar por necesidad antes del verano, pues creo que deberiais haber parado mas dias en agosto y asi tendriamos mas vacaciones, lo de la diferencia de dinero ni lo comento somos muchos los que no hacemos ni caso a los del NO A Todo, aunque creo que en el mecanizado es peor con el de la radio y dos mas, repito pensar que se podria haber parado mas adelante,gracias.
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