viernes, 19 de marzo de 2010

OTRA VEZ MAS, COMO EN EL DISFRUTE DE VACACIONES DESPUES DE UNA BAJA, LOS SERVICIOS JURÍDICOS DE UGT LOGRAN OTRA SENTENCIA FAVORABLE A LOS TRABAJADORES

PERMISO POR PARTO DE UN FAMILIAR

UGT CONSIGUE SENTENCIA A FAVOR DEL PERMISO RETRIBUIDO EN CASO DE HOSPITALIZACIÓN POR PARTO

La Sala de lo Social nº 30 del Tribunal Supremo de la Audiencia Nacional de Madrid, recientemente ha dictado sentencia sobre el derecho al permiso retribuido por parto de un familiar hasta 2º Grado.

Los partos en los que exista hospitalización de la parturienta dan derecho a licencia a los familiares dentro del segundo grado por consanguinidad y afinidad, aunque se trate de un parto normal y sin complicaciones. Otra interpretación sería discriminatoria para la mujer y contraria a lo dispuesto en la LEY PARA LA IGUALDAD.
La Audiencia Nacional ha reconocido que “el derecho de los trabajadores a disfrutar de la licencia retribuida en caso de hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, debe ser concedido por la empresa sin mas condicionamiento que la justificación de la hospitalización, siendo irrelevante el motivo de la misma”.
Si la empresa exigiese otro tipo de datos para conceder el permiso, se estaría violando el derecho a la intimidad y a la protección de datos personales. Además la sentencia insiste en que el Art. 37-3b) del estatuto de los Trabajadores “tiene por fin facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras y especialmente de la mujer trabajadora, para facilitar el acceso y permanencia en el ejercicio de su constitucional derecho al trabajo”.
El texto de la sentencia recuerda que un convenio colectivo puede mejorar las condiciones recogidas en la legislación vigente, pero nunca empeorarlas.
La sentencia tiene en cuenta que pueden darse la situación de que el padre falte en el momento del parto, por lo que la mujer necesita ayuda y apoyo de un familiar próximo. Cualquier consideración fuera de este criterio supondría una discriminación de la mujer por razón de sexo al distinguirla de un hombre hospitalizado por cualquier razón.

2 comentarios:

Anó nimo dijo...

seguir informando da gusto entrar al blog al menos aqui no os meteis con nadie, y una vez mas os pediria informción sobre la subida del IPC del 2010

Anónimo dijo...

gracias por la informacion.Felicidades por la pagina web,cada dia entro pora informarme.